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Derramas de ascensores en comunidades: todo lo que necesitas saber

España no solo se distingue por su cultura y gastronomía, sino también por tener la mayor densidad de ascensores por habitante en Europa, según la Federación Empresarial Española de Ascensores. Este dato subraya la importancia de estos elementos en la vida cotidiana de muchas comunidades.

Sin embargo, la decisión de instalar un nuevo ascensor en edificios existentes puede generar tensiones financieras y sociales entre los propietarios. Las derramas, o cuotas extraordinarias para financiar estos proyectos, son a menudo motivo de controversia.

En esta entrada del blog, exploraremos todo lo que necesitas saber sobre las derramas para la instalación de ascensores en comunidades de propietarios, desde las obligaciones legales y el proceso de votación hasta las opciones de financiación y manejo de conflictos, proporcionando una guía clara para navegar por este complejo tema.

Marco legal de la instalación de ascensores

La Ley de Propiedad Horizontal en España establece directrices claras sobre la instalación de ascensores en comunidades de propietarios, enfocándose en la accesibilidad y la mejora de la calidad de vida de los residentes. La instalación se vuelve obligatoria cuando la accesibilidad se considera esencial para los residentes, en particular, aquellos con movilidad reducida o mayores de 70 años. Esta ley facilita la adaptación de los edificios a las necesidades de sus habitantes, garantizando el derecho a la accesibilidad.

Obligación de instalación

Según la ley, es obligatorio instalar un ascensor si en el edificio reside, trabaja o realiza voluntariado al menos una persona con movilidad reducida o un senior mayor de 70 años. En estos casos, no se requiere someter la decisión a votación en la junta de propietarios si el coste repercutido anual de la instalación, después de descontar ayudas o subvenciones, no excede doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Esta disposición asegura que la necesidad de accesibilidad prevalezca sobre otras consideraciones.

Proceso de votación y aprobación

Cuando no se cumplen las condiciones para una instalación obligatoria, la decisión debe ser votada en la junta de propietarios. La aprobación de la instalación del ascensor requiere una mayoría de votos que representen, al menos, la mayoría del total de las cuotas de participación en la comunidad. Esto significa que, además de un número mayor de votos a favor, esos votos deben provenir de propietarios que juntos sumen más de la mitad del valor del edificio, asegurando así un amplio consenso entre los afectados por la inversión y los beneficiados por la mejora.

Financiación de la instalación de ascensores

La financiación de un ascensor en una comunidad de propietarios es un aspecto crítico que requiere una distribución equitativa de los costos. Los gastos de instalación del ascensor se dividen entre todos los propietarios según el coeficiente de participación de cada vivienda o local en el edificio.

Este método asegura que cada propietario contribuya a la inversión en función de su parte proporcional en la comunidad, equilibrando la carga financiera de acuerdo con el tamaño y el valor de la propiedad de cada uno.

Reparto de costes

El coste de la instalación de un ascensor se asigna a cada propietario según su coeficiente de propiedad, que se establece en función de la superficie, la ubicación y la utilidad de cada unidad.

Este coeficiente determina la cantidad que cada propietario debe aportar para la instalación y las futuras reparaciones del ascensor. Incluso los propietarios de los pisos bajos, que quizás no usen frecuentemente el ascensor, deben contribuir, ya que la presencia del ascensor mejora el valor general del inmueble y es considerado un bien común.

Ayudas y subvenciones

Existen diversas ayudas gubernamentales destinadas a facilitar la instalación de ascensores en edificios antiguos para mejorar la accesibilidad. Estas subvenciones pueden cubrir hasta el 60% del coste de la instalación, condicionadas a que el edificio sea anterior a 1996, más de la mitad de las viviendas sean de residencia habitual, y exista un informe técnico que justifique la necesidad del ascensor.

Controversias y soluciones

Instalar ascensores en comunidades de propietarios a menudo conduce a disputas sobre la distribución de costes y decisiones de ejecución. Para resolver estos conflictos es importante mantener un diálogo abierto, la clarificación legal y, en ocasiones, la mediación para encontrar un acuerdo justo.

Gestión de propietarios morosos

Frente a propietarios que evitan pagar la derrama, la comunidad puede optar por medidas legales para asegurar la financiación. De forma alternativa, se puede considerar financiación externa que permita avanzar a los interesados, repartiendo los costes únicamente entre ellos.

Instalación sin consenso

Si no se alcanza un consenso, una opción es realizar una instalación privativa, donde solo quienes financian el ascensor tengan acceso. Esto permite implementar el proyecto sin la aprobación unánime, usando sistemas de acceso restringido para los benefactores, respetando la decisión de los no participantes.

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